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Resolución contra las PPS para el Consejo Directivo

Contra las Felxibilización Laboral en forma de PPS confeccionamos entre cinco secretarías del Centro de Estudiantes de Ingeniería esta propuesta para llevar al Consejo Directivo y que, con el apoyo de los estudiantes, se convierta en un freno y retroceso de las medidas CONEAU

Unidad desde la Comisión Directiva para apoyar nuestra propuesta, elaborada de conjunto, para movilizarnos los estudiantes contra las PPS

Esta resolución es una formulación técnica de un objetivo político claro, que da forma al primer artículo: Rechazar el trabajo bajo una relación de flexibilización laboral.
En particular las relaciones generadas por la Facultad de Ingeniería de la UBA, ya sea en el ámbito Estatal o en el Privado.


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Ante la falta de trabajo con los estudiantes de nuestros representantes de claustro en el Consejo Directivo (MLI y El Gradiente), al punto tal de no aceptar mandato de Asambleas, no debatir en ellas sus proyectos o ni siquiera participar de ellas; algunos estudiantes nos juntamos para llevar la posición expresada en las sucesivas Asambleas, Petitorios y Plebiscitos Estudiantiles de los últimos años: No al trabajo flexibilizado de las PPS ni a la CONEAU del Gobierno. No a la privatización de la Educación.

Buenos Aires, 24 de Junio de 2010
Expediente Nº

V I S T O:
La Resolución (CD 1708/07) en la que se decide realizar el proceso de Evaluación y Acreditación de la Facultad ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) para todas sus carreras.

La Resolución (CS: 229/86) que da forma al Encuadre de las Carreras de la Universidad de Buenos Aires.

La Resolución (refrenda: CS 6004/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Electrónica.

La Resolución (refrenda: CS 6005/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Electricista.

La Resolución (refrenda: CS 6006/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Civil.

La Resolución (CD 5801/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Industrial.

La Resolución de la Comisión Curricular de Ingeniería Industrial en la que se establece que para el plan de estudios de Ingeniería Industrial, la estadía supervisada está cubierta y superada con el Trabajo Profesional o la Tesis de Ingeniería Industrial en la forma en la que se desarrollaron hasta Noviembre de 2009 y

CONSIDERANDO:
Que las Prácticas Profesionales Supervisadas son una nueva forma de Flexibilización Laboral y de explotación de recursos estatales por parte de empresas privadas. Flexibilización Laboral entendida como relación de trabajo sin el Convenio Laboral correspondiente.

Que mediante la resolución de CD No 2836/07 la Facultad de Exactas y Naturales de la UBA, con la que compartimos orígenes, expreso que la Educación Superior debe ser considerada como un bien público y un derecho social, garantizado por el Estado, y que no debe ser sometida a las reglas del mercado ni considerada como un bien transable. Y, en consecuencia ha rechazado acreditar sus carreras de grado y postgrado a la CONEAU.

Que la Acreditación de la Facultad a la CONEAU es producto de la aplicación de la Ley 24.521 - Ley de Educación Superior - que genera una normativa en la que se trata a la Educación Superior como un bien de intercambio, al servicio de intereses ajenos a los de la Educación, Estatal, Gratuita y Laica para los trabajadores y el pueblo.

Que la Universidad de Buenos Aires recurrió a la Justicia y en la causa 38.781/95 "UBA c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento" obtuvo en el año 1996 un fallo de la inconstitucionalidad del Juez Federal Ernesto Marinelli para los artículos 29. incs f) y g); 42; 43; 46, inc c); y 50 primera y segunda parte, de la Ley 24.521, y 1, 3, 5, 6, 7, 12, 13, 14, 15 y 16 del decreto 499/95.

Que, como parte de la Acreditación, se crea la disponibilidad del esfuerzo de los estudiantes para las Empresas, contra los intereses mencionados para la Educación Estatal.

Que existen antecedentes de carreras acreditadas en las cuales la falta de oferta para realizar las Estadías Profesionales Supervisadas es un impedimento para el egreso de los estudiantes.

Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza, Posgrado, Investigación y Doctorado.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
R e s u e l v e:

ARTICULO 1º.- Establecer que la Facultad de Ingeniería de la UBA no instrumentará ninguna forma de Flexibilización Laboral tanto en el ámbito Estatal como en el Privado.

ARTICULO 2º.- Establecer que la Facultad de Ingeniería de la UBA no participara de las convocatorias a acreditar realizadas por la Comisión de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).

ARTICULO 3º.- Anular la Resolución (CD 1708/07) en la que se decide realizar el proceso de Evaluación y Acreditación de la Facultad ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).

ARTICULO 4º.- Anular la Resolución (CS 6004/09 y CD correspondiente) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Electrónica.

ARTICULO 5º.- Anular la Resolución (CD 4407/09 y CS 6005/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Electricista.

ARTICULO 6º.- Anular la Resolución (CD 4408/09 y CS 6006/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Civil.

ARTICULO 7º.- Anular la Resolución (CD 5801/09) en la que se aprueba el cambio de plan de la carrera de Ingeniería Industrial.

ARTICULO 8º.- Anular la Resolución (CD 4411/09) en la que se establece el nuevo régimen de Regularidad.

ARTICULO 9º.- Anular la Resolución (CD) Nº 4410/09, que incluye las P.P.S. para todas las carreras que se acrediten ante la CONEAU.

ARTICULO 10º.- Modificar el plan de estudios de la carrera Ingeniería Electrónica, incorporando como cambio metodológico y modificación interna que se eliminen del mismo las P.P.S. y se establezca el Plan de Estudios de la misma forma en que se desarrolló hasta Noviembre de 2008.

ARTICULO 11º.- Modificar el plan de estudios de la carrera Ingeniería Electricista, incorporando como cambio metodológico y modificación interna que se eliminen del mismo las P.P.S. y se establezca el Plan de Estudios de la misma forma en que se desarrolló hasta Noviembre de 2008.

ARTICULO 12º.- Modificar el plan de estudios de la carrera Ingeniería Civil, incorporando como cambio metodológico y modificación interna que se eliminen del mismo las P.P.S. y se establezca el Plan de Estudios de la misma forma en que se desarrolló hasta Noviembre de 2008.

ARTICULO 13º.- Modificar el plan de estudios de la carrera Ingeniería Industrial, incorporando como cambio metodológico y modificación interna que se eliminen del mismo las P.P.S. y se establezca el Plan de Estudios y el Trabajo Profesional o Tesis de la misma forma en que se desarrolló hasta Noviembre de 2009.

ARTICULO 14º.- Regístrese. Remítase copia a la Secretaría Académica. Remítase copia al Consejo Superior de la Universidad. Comuníquese por intermedio de la dirección de mesa de entradas, despacho y archivo a las unidades docentes y no docentes de esta facultad. Cumplido, archívese.-

RESOLUCIÓN Nº /